El pasado 12 de junio, se publicó en el BOE el Real Decreto 764/2010, tal y como se os informó, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional.
Además de la DEC Anual, los Corredoreos de Seguros – y esta es la novedad – deberán remitir semestralmente por cada clave de inscripción, información estadística que incluya datos referentes a la declaración de datos generales del Corredor, estructura de la organización y cartera de seguros intermediada. Esta información, inicialmente se iba remitir antes del 15 de Septiembre, la correspondiente al primer semestre del periodo, pero dicha fecha al publicarse en Junio ha quedado condonada, y antes del 1 de marzo del año siguiente la correspondiente al segundo semestre de dicho periodo.
Por lo tanto, los Corredores de Seguros (con autorización de la DGS), deberán remitir información semestral correspondiente al segundo semestre de 2010 antes del 1 de marzo de 2011.
Los Agentes de Seguros Vinculados y los Operadores de banca-seguros vinculados, deberán remitir igual información contable anual e información del negocio semestral, en los mismos plazos señalados anteriormente para los Corredores de Seguros.