CIRCULAR 35/2020
Órgano: Presidencia del Consejo General
Asunto: Cuentas de clientes separadas
Te escribo para recordarte, en relación con el asunto de referencia, que el próximo 6 de mayo de 2020 vence el plazo previsto por el RDL 3/2020 de 4 de febrero de distribución de seguros y reaseguros (que traspone al derecho española la Directiva de Distribución de Seguros y deroga la Ley de Mediación del 2006) para la apertura de cuentas de clientes separadas.
Aunque la redacción del artículo 136.4 del RDL no es un modelo de claridad, lo que queda razonablemente clara es la intención del legislador.