CIRCULAR 29/2020
Órgano: Presidencia del Consejo General
Asunto: Discriminación de agentes y corredores en la concesión de prestamos ICO COVID-19
Hemos recibido un buen número de consultas por parte de colegiados relativas a si un agente o corredor de seguros tiene derecho a solicitar un préstamo a un banco o entidad financiera, caja de ahorros, etc., avalado por el ICO.
El objeto de esta Circular es dar respuesta a esta inquietud de nuestros colegiados. Entendemos que los mediadores tienen derecho al igual que cualquier otro autónomo o empresa a obtener un préstamo ICO COVID 19 pues ni el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 que establece una serie de medidas para preservar la normalidad de los flujos de financiación y los niveles de circulante y liquidez, para así permitir que empresas y autónomos continúen abonando los salarios de los empleados y las facturas a proveedores, manteniendo la actividad económica; ni la Resolución de 25 de marzo de 2020 del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital por la que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19; ni la propia página web del ICO establecen lo contrario.